Vistas de página en total

miércoles, 10 de mayo de 2017

Comunicado C.E.V ante el llamado a participar de una Asamblea Nacional Constituyente Comunal

COMUNICADO CEV ANTE EL LLAMADO A PARTICIPAR  DE UNA
ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE COMUNAL

La Junta Directiva del Consejo Evangélico de Venezuela se dirige al país, a nuestros afiliados y relacionados a través del siguiente comunicado en relación a la invitación que se hiciera a nuestra organización a participar en la convocatoria que hizo el Presidente de la República, para crear una Asamblea Nacional Constituyente Comunal y ante la confusión generada por la determinación de algunos líderes evangélicos; quienes actuando como voceros en esa convocatoria, han afirmado que “la Iglesia Evangélica apoya el  llamado del Presidente de la República”.
Durante la durante la sesión del 08 de mayo del presente año por la noche, en el marco de la reunión dirigida por laComisión Presidencial para la Conformación y Funcionamiento de la Asamblea Nacional Constituyente Comunal uno de los presentes del sector religioso es decir; un pastor evangélico afirmó  que  la Conformación de una Asamblea Nacional Constituyente (ANCC) cuenta con el respaldo de la iglesia evangélica, además  sugirió solicitar al gobierno que este “debe apretar más las tuercas a los medios de comunicación”.  En tal sentido, la Junta Directiva del CEVacuerda responder a tal afirmación, toda vez que la misma ha generado confusión en la sociedad venezolana, y porque desdice mucho del ser y hacer de la iglesia evangélica en torno a su desenvolvimiento caracterizado por la tolerancia, el respeto por las normas fundamentales de la vida republicana en los escenarios públicos y particularmente, en la construcción de una sociedad más justa y equitativa.

1.- Nuestra posición ante el llamado a una Asamblea Nacional Constituyente Comunal:
El CEV en representación de sus afiliados y en virtud de la invitación que hiciera el Presidente de la Comisión Presidencial para la Conformación y Funcionamiento de la Asamblea Nacional Constituyente Comunal presidida por el Ministro de Educación Elías Jaua Milano, decidió no asistir a dicha reunión entre otras razones por las siguientes:

A.- Por la conciencia cristiana, la cual está unida a la población sufriente debido al caos y desespero vivido diariamente y cada vez en aumento, sin escuchar  buenas noticias con medidas que coadyuven a solucionar tal situación.

B.- Por principios constitucionales donde las medidas hasta ahora anunciadas para solventar el conflicto político descansa en esta iniciativa y no en las otras fórmulas establecidas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV), las cuales ofrecen alternativas prácticas que ayudarían en mucho a disminuir el clima de conflictividad social y abriría un compás inmediato para con base a la CRBV solucionar de forma pacífica el conflicto político que actualmente vive el país.

En adición a lo anterior, la junta Directiva del CEV tras el análisis al llamado a una Asamblea Nacional Constituyente Comunal, amplía y fija  su posición sobre este tema.

La  Constitución de la República  Bolivariana de Venezuela (CRBV) en su  Artículo 347 establece: “El pueblo de Venezuela es el depositario del poder constituyente originario. En ejercicio de dicho poder, puede convocar una Asamblea Nacional Constituyente con el objeto de transformar el Estado, crear un nuevo ordenamiento jurídico y redactar una nueva Constitución.”

De igual forma el Artículo 348 de la  CRBV dice que “La iniciativa de convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente podrán tomarla el Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros; la Asamblea Nacional, mediante acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes; los Concejos Municipales en cabildo, mediante el voto de las dos terceras partes de los mismos; o el quince por ciento de los electores inscritos y electoras inscritas en el Registro Civil y Electoral”.

Por tanto, no queda duda de El pueblo es el depositario del poder Constituyente originario.Entendiéndose por DEPOSITARIO: Aquel que asume la guarda y conservación de la cosa depositada, que en  este caso es el PODER, o sea, la oportunidad o posibilidad existente en una relación social que permite a un individuo cumplir su propia voluntad (Max Weber, 2011). En cuanto a la palabra “podrán” es facultativo, o sea que   ese   mismo   pueblo   es   quien  tiene  la  facultad de llamar a una  Asamblea Nacional Constituyente, con la finalidad de transformar el Estado, de crear nuevas leyes y redactar una nueva constitución.

En consecuencia,  teniendo el Presidente esta  iniciativa acordada en Consejo de Ministros, debe consultar al pueblo que es el depositario del poder constituyente para conocer   si  éste quiere o no ir a una Asamblea Constituyente. 

Así mismo el  Artículo 70 de la CRBV señala:  “Son medios de participación y protagonismo del pueblo en ejercicio de su soberanía, en lo político: la elección de cargos públicos, el referendo, la consulta popular, la revocación del mandato, las iniciativas legislativa, constitucional y constituyente, el cabildo abierto y la asamblea de ciudadanos y ciudadanas cuyas decisiones serán de carácter vinculante, entre otros; y en lo social y económico: las instancias de atención ciudadana, la autogestión, la cogestión, las cooperativas en todas sus formas incluyendo las de carácter financiero, las cajas de ahorro, la empresa comunitaria y demás formas asociativas guiadas por los valores de la mutua cooperación y la solidaridad. La ley establecerá las condiciones para el efectivo funcionamiento de los medios de participación previstos en este artículo”.

Ratifica una vez más éste artículo  que es el pueblo el que tiene el “PODER ORIGINARIO” de convocar una Asamblea Nacional Constituyente.

El Artículo 5 de la CRBV consagra: “La soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce directamente en la forma prevista en esta Constitución y en la ley, e indirectamente, mediante el SUFRAGIO, por los órganos que ejercen el Poder Público.

Los órganos del Estado emanan de la soberanía popular y a ella están sometidos”.

También  el Artículo 63  de la CRBV expresa: “El SUFRAGIO es un derecho. Se ejercerá mediante votaciones libres, universales, directas y secretas. La ley garantizará el principio de la personalización del sufragio y la representación proporcional”.

En este término “SUFRAGIO”  refiere que cada ciudadano capaz, que compone el PUEBLO podrá ejercer su PODER ORIGINARIO a través del voto Libre, UNIVERSAL, DIRECTO Y SECRETO.

Para culminar este análisis  consideramos que si existe alguna  laguna legal podremos invocar  el  Artículo 4° del Código Civil Venezolano: “A la Ley debe atribuírsele el sentido que aparece evidente del significado propio de las palabras, según la conexión de ellas entre sí y la intención del legislador.
 Cuando no hubiere disposición precisa de la Ley, se tendrán en consideración las disposiciones que regulan casos semejantes o materias análogas  y si hubiere todavía dudas, se aplicarán los principios generales del derecho”.

Hacemos  énfasis en esta norma,  ya que,  es uno de los mecanismos que debemos utilizar para subsanar los vacíos legales en nuestro marco jurídico, un ejemplo de casos semejantes fue el  procedimiento realizado en la Asamblea Constituyente de Venezuela el año 1999. donde se hizo un Referéndum para consultarle al pueblo si querían o no una nueva constitución. Por tanto   en una Asamblea Constituyente participa todo el pueblo.

Según el análisis realizado observamos que el Decreto Presidencial No. 2830 de 1 de Mayo de 2017 (publicado el 3 de mayo de 2017) convocando una Asamblea Nacional Constituyente  no está planteado en los términos  que establece la  CRBV,  pues, se  deja  de lado a un sector de la población venezolana que también forma parte del pueblo soberano;  atentando  no solo  contra la voluntad popular, sino que además  se trata de aplicar  una sectorización de  la base poblacional   sin sustentos  legales en la CRBV. Aunado a lo anterior,  tanto   el  PRESIDENTE como EL PUEBLO y  demás instituciones que menciona el Artículo 348 de la CRBV  tienen “la iniciativa constitucional de convocar” a una Asamblea Constituyente.  

En consecuencia esta NORMA  solo le atribuye al Presidente la iniciativa para que se convoque una Constituyente,  pero no para proceder directamente a su convocatoria que solo le corresponde al pueblo como titular de la soberanía y depositario del poder constituyente originario.  De tal manera  que a todas luces existe la presunción de que el Presidente ha usurpado y le ha arrebatado al pueblo su derecho exclusivo de convocar mediante referendo la Asamblea Nacional Constituyente;  sin obviar  que  el  pueblo  venezolano  ya  en  Diciembre del  año 2007  se expresó  mayoritariamente diciendo NO al referendo, donde se  rechazó  la reforma constitucional que ahora se quiere volver a aprobar pero sin la participación de todo el pueblo; en la que se propuso en aquel entonces  eliminar el Estado democrático y Social de derecho y de Justicia y convertirlo en un “Estado Comunal” o “del Poder Popular”.

En Romanos 13:1 la Biblia invita a los creyentes a sujetarse a las autoridades gobernantes, y en la democracia venezolana el legítimo depositario de esa autoridad es el pueblo que la expresa mediante el pacto social  la Constitución Nacional, en otras palabras en materia civil es la Constitución y -no ningún personaje- la autoridad a la que nos debemos los ciudadanos venezolanos, y quienes fungen como gobernantes deben hacerlo en nombre del pueblo bajo la regla del pueblo que es la constitución, siendo ellos no mandadores sino mandatarios, y así el ejecutivo es ejecutivo precisamente por tener la vocación constitucional de ejecutar el mandato popular.

En este contexto, obedecemos a Dios cuando ponemos en práctica el mandato divino previsto en Marcos 12:31 “AMARÁS A TU PRÓJIMO COMO A TI MISMO”. 

No hay otro mandamiento mayor. Y  ese prójimo  puede ser, incluso, nuestro adversario; aquel que piensa diferente a nuestras doctrinas y enseñanzas, no obstante debemos amarlo; así como el hijo de Dios dio su vida en rescate por todos, dándole  un trato  justo, de igualdad  y  sin discriminación; si verdaderamente amamos a nuestro Dios.

Ese Mandato Divino en  estos tiempos ha sido muy vulnerado, pues,  como venezolanos  somos  testigos de los altos niveles de conflictividad entre el Gobierno y los manifestantes;  lo cual ha producido  un estado de  ingobernabilidad que ha  deteriorado  en gran medida  el desarrollo del país, la sociedad y nuestras familias; como consecuencia de esto nos enfrentamos  a innumerables problemas económicos, sociales y políticos los cuales han generado  intranquilidad, desasosiego  e inestabilidad.

Además los hechos de violencia desencadenados durante los meses de Abril a Mayo de este año 2017 que arrojan un saldo extraoficial de más de cuarenta (40)  jóvenes  y adolescentes abatidos en las protestas, así como de miembros de la fuerza pública quienes también han cargado con las consecuencias de la violencia. Sin dejar de mencionar los más de 1700 arrestos efectuados por las autoridades y el desarrollo de juicios militares a los detenidos vulnerando lo establecido en la carta magna sobre la materia.

La misma violencia de las autoridades dan muestra  de  violaciones flagrantes  de  derechos  fundamentales y del uso  excesivo de fuerzas por parte de la PNB, la GN y presuntos colectivos,  al  reprimir a quienes adversan al gobierno, tratándoseles  como un  enemigo  que hay que destruir y  encarcelar; imputándoseles delitos de traición a la patria, rebelión,  terrorismo y otros delitos muy graves que casi habían desaparecido de la justicia venezolana; lo que nos lleva a retroceder como sociedad democrática;  violentándose  el derecho a la vida, la libertad, protesta pacífica, entre otros; en un Estado que se proclama Democrático y Social de Derecho y de Justicia,  Ético y de Pluralismo Político y con Preeminencia del respeto por los Derechos Humanos  (Art.2 CRBV).

Por ello, estamos llamados a ser pacificadores en medio de esta controversia estructural sin precedentes en la historia de nuestro país, donde los adolescentes han dejado los libros, la escuela y hasta sus instrumentos musicales para adherirse a una lucha que desde su visión consideran justa porque  los alimentos no están al alcance  del   presupuesto familiar, los medicamentos  escasean  y ni hablar del tema de la seguridad ciudadana, ya que, la delincuencia común migro a lo que ahora se conoce como colectivos,  armados   hasta los dientes para arremeter  contra otros civiles  despojándoles  de  sus bienes, pertenencias  y hasta de la vida;   sería inmensamente largo este documento si nos pusiéramos a enumerar distintos hechos que han sido público y notorio en relación a este tema; donde además los ciudadanos señalan  que  presuntamente estos grupos armados siguen  una  ideología, que es utilizada  como elemento de represión para infundir  terror y muerte de civiles  que levantan su voz en desacuerdo a esta triste situación que estamos viviendo.

En este sentido por el principio de corresponsabilidad social  y  en  cumplimiento del Mandato Divino“Amaras a tu prójimo como a ti mismo”,  debemos ser  garantes  de que  el Ejecutivo Nacional tome acciones contundentes que impulsen  la Paz Social y Convivencia  Pacífica de todos los Venezolanos (as). 

Por lo tanto consideramos que la iniciativa del Presidente para aprobar   una Constituyente Comunal;  no traerá paz al país y muy por el contrario, tenemos el temor muy probable  que quienes hoy adversan  al gobierno intensifiquen la protesta, ya que, están siendo discriminados e invisibilizados en esa propuesta;   trayendo como consecuencia que el Estado quizás ejerza más represión contra ese pueblo manifestante, en la que se incluyen  nuestros jóvenes estudiantes y adolescentes;  los cuales han sido los más vulnerables, alcanzándose cifras alarmantes de fallecidos,  ante lo cual como cristianos no podemos avalar porque choca contra ese mandato  supra mencionado   al cual nos debemos,    no podemos ser indolentes  e ignorar a ese pueblo que hoy reclama al gobierno y que  se encuentra en la calle arriesgando sus vida en las protestas que se vienen realizando.

Por  ello, más bien  exhortando a la reconciliación de todos los venezolanos,  es hora de que  construyamos  juntos el  país que  merecemos tener en el Amor de Cristo y así  detenerla violencia y el derramamiento de sangre;  sean partidarios, simpatizantes, adversos o neutrales a cualquier expresión político partidista, todos los habitantes de esta nación son nuestro prójimo al cual debemos Amar.  

Los argumentos esgrimidos nos llevan a concluir  que debemos  abstenernos de  participar en esa convocatoria;  dando cumplimiento  a lo estipulado en la Biblia, libro de los Hechos 5:29“…Es necesario obedecer a Dios antes que a los hombres”. Aspirando que prive la buena voluntad para que  se escuchen las demandas de todo  el pueblo venezolano  y consigamos la paz que se ha extraviado, a la cual debemos retornar sin inculparnos unos a otros, sino más bien reconciliando las relaciones entre hermanos y restaurando con la ayuda de Dios todas las áreas de la vida pública nacional.

2.- Un llamado a entender la dimensión representativa de la Iglesia Evangélica:
Esta declaración tiene por finalidad hacer frente a las confusiones y corrupciones presentes al momento de abrogarse la representatividad de la iglesia evangélica en los espacios públicos.

Los evangélicos no tenemos un líder o un portavoz oficial exclusivo, de manera que nadie puede hablar por todos los evangélicos  y mucho menos aquellos que llegan a ser impuestos por instancias externas a las propias comunidades evangélicas. 

Hablamos por nosotros mismos, es decir en nuestro caso, como voz de las organizaciones representativas de los evangélicos que conforman al Consejo Evangélico de Venezuela. 

En tal sentido negamos rotundamente la afirmación del respaldo de la iglesia Evangélica al proceso de conformación de una Asamblea Nacional Constituyente Comunal. Es por ello que una sola persona no puede representar a todas, sin antes contar con el respaldo de todas las organizaciones evangélicas representadas en el país, lo demás es temerario y no ajustado con la realidad.

Que Dios bendiga a Venezuela.

Consejo Evangélico de Venezuela
La Justicia engrandece a la nación.

En Caracas, a los diez días del mes de mayo de 2017.

No hay comentarios:

Publicar un comentario